Vuelos

Vuelo cancelado: cuánto le deben y cómo reclamarlo

Autor: Krzysztof Burzyński, abogado · Publicado: 21 de agosto de 2026

Le cancelan el vuelo la víspera, le reubican al día siguiente y le dicen que «no hay compensación porque fue una incidencia operativa». En la mayoría de los casos, eso no es cierto. El Reglamento europeo puede darle derecho a 250, 400 o 600 € por pasajero, con independencia de lo que pagara por el billete. Aquí tiene, en claro, cuándo le corresponden y cómo reclamarlos.

Cuándo se aplica el Reglamento europeo

Sus derechos como pasajero nacen del Reglamento (CE) 261/2004, una norma europea que se aplica con independencia de dónde comprara el billete o de lo que digan las condiciones de la aerolínea. Cubre dos supuestos:

Un vuelo Madrid–Varsovia, Barcelona–Cracovia o Varsovia–Málaga entra de lleno en el ámbito del Reglamento. Y no importa que la compañía sea de bajo coste: la protección es exactamente la misma.

Tampoco importa el precio que pagara. La compensación es una cantidad fija, y en un billete barato puede superar varias veces lo que le costó el vuelo.

Cuánto le corresponde

El propio Reglamento fija los importes según la distancia del trayecto:

La mayoría de las rutas entre España y Polonia superan los 1.500 km y son intracomunitarias, así que suelen situarse en el tramo de 400 € por pasajero.

Es una compensación a tanto alzado: no tiene que demostrar qué perjuicio concreto le causó la cancelación, ni cuantificar sus daños. Basta con que se den los requisitos. Y se paga por cada pasajero, también por los menores que ocupen asiento — una familia de cuatro puede reclamar cuatro compensaciones.

El aviso previo: cuándo la aerolínea queda exenta

Aquí está el matiz que más confunde. La compañía no debe compensación si le avisó con al menos dos semanas de antelación. Entre esas dos semanas y el vuelo, la exención depende de que además le ofrezcan un transporte alternativo en horarios muy próximos al original:

Traducido a la práctica: si le cancelaron el vuelo el mismo día o la víspera y le reubicaron al día siguiente, casi con total seguridad tiene derecho a compensación. El aviso de última hora no exime a nadie.

Circunstancias extraordinarias: la excusa más frecuente

La respuesta estándar de las aerolíneas es alegar circunstancias extraordinarias. A veces es legítimo: temporales, cierre del espacio aéreo, huelgas de controladores aéreos o decisiones de las autoridades quedan fuera de su control.

Pero muy a menudo no lo es. Según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, las averías técnicas ordinarias del avión no son extraordinarias: forman parte del ejercicio normal de la actividad de una compañía aérea, que debe contar con ellas. Lo mismo ocurre con los problemas de rotación de la flota o de organización interna.

Además, la carga de la prueba recae en la aerolínea, no en usted. No basta con que escriba la frase en un correo: tiene que acreditar la causa y demostrar que adoptó todas las medidas razonables para evitar la cancelación.

Por eso una negativa genérica no es el final del asunto. En muchos casos es justo el momento de insistir con respaldo jurídico.

Sus otros derechos: reembolso, transporte alternativo y atención

La compensación económica no sustituye al resto de sus derechos: se suman. Ante una cancelación, la compañía debe ofrecerle a elegir entre:

Y mientras espera, debe prestarle atención: comida y bebida suficientes, dos llamadas o correos, y alojamiento con traslado al hotel si la espera implica pernoctar. Si la aerolínea no se lo facilita y usted paga de su bolsillo, conserve las facturas: son reclamables aparte.

Un error habitual es aceptar un vale o bono de la compañía creyendo que eso cierra el asunto. Muchas veces no impide reclamar la compensación, pero conviene revisar exactamente qué firmó antes de darlo por perdido.

Cómo reclamar, paso a paso

  1. Reúna la documentación: reserva o tarjeta de embarque, justificante de pago, y el correo, SMS o aviso de la app comunicando la cancelación.
  2. Anote los datos del vuelo: fecha, número de vuelo, trayecto y qué le ofrecieron en el aeropuerto.
  3. Guarde los gastos: hotel, comidas, transporte alternativo — con recibos.
  4. Reclame por escrito a la aerolínea, indicando que invoca el Reglamento 261/2004 y el importe que le corresponde.
  5. Si no responde o se niega, escale el asunto por la vía administrativa o judicial. Es el punto en el que la mayoría de los pasajeros abandona — y donde precisamente se gana.

Si su vuelo salió de Polonia, aterrizó allí o lo operaba una compañía polaca, Polonia suele ser el foro natural para reclamar. Como abogado en Polonia, actúo en polaco ante la aerolínea, el organismo competente y los tribunales polacos, con un poder de representación. Usted no necesita desplazarse ni acudir a ninguna vista.

Errores que le pueden costar la compensación

Si tiene dudas sobre si aún está en plazo, la forma más rápida de salir de ellas es preguntar: con la fecha y el número de vuelo se resuelve en minutos.

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Envíeme por WhatsApp o email la fecha, el número de vuelo y el trayecto. Le digo en español si le corresponde compensación, cuánto y si sigue en plazo — sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me corresponde exactamente por un vuelo cancelado?

Depende de la distancia: 250 € hasta 1.500 km, 400 € para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y otros entre 1.500 y 3.500 km, y 600 € para vuelos de más de 3.500 km fuera de la UE. La mayoría de rutas España–Polonia se sitúan en el tramo de 400 € por pasajero.

Me avisaron con un mes de antelación, ¿puedo reclamar?

En ese caso normalmente no hay compensación: la aerolínea queda exenta si avisa con al menos dos semanas de antelación. Sí conserva, en cambio, el derecho al reembolso del billete o a un transporte alternativo.

La aerolínea dice que fueron circunstancias extraordinarias, ¿me quedo sin nada?

No necesariamente. La compañía debe probar la causa y que adoptó todas las medidas razonables. Las averías técnicas ordinarias no se consideran extraordinarias según la jurisprudencia europea, aunque se aleguen con frecuencia.

Me dieron un vale de la compañía, ¿pierdo la compensación?

No siempre. El vale suele cubrir el billete o la atención, que son derechos distintos de la compensación económica. Conviene revisar qué documento firmó antes de descartar la reclamación.

¿Puedo reclamar también los gastos de hotel y comidas?

Sí. Si la aerolínea no le prestó la atención debida y usted la pagó, esos gastos se reclaman aparte de la compensación. Guarde todas las facturas.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Depende del país en el que se reclame, y en Polonia el plazo es notablemente más corto que en España. Por eso conviene no dejarlo pasar: con la fecha y el número de vuelo le digo enseguida si sigue en plazo.

¿Tengo que viajar a Polonia para reclamar?

No. Con un poder de representación actúo por usted ante la aerolínea y, si hace falta, ante los tribunales polacos. Usted permanece en España y le informo por escrito en español de cada paso.

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